De conformidad con la Orden JUS/794/2021, de 22 de julio, por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación (BOE 26 de julio de 2021).La presentación de las cuentas anuales que se efectúen a partir de las 00:00 del día 27 de julio de 2021, para no ser calificadas como defectuosas, deberán ser en los formularios indicados en dicha orden, en la que se incluye con carácter excepcional y transitorio en el modelo de presentación de las cuentas del ejercicio 2020 la hoja de declaración COVID 19, con referencia concreta a la repercusión del estado de alarma por la pandemia COVID en las empresas.